(Alagón, 13.11.14).- El Ayuntamiento de Alagón aprobó en el último Pleno Municipal el mantenimiento de los precios de la mayor parte de las tasas municipales. Las excepciones sólo subirán un 0,2 por ciento, que es lo establecido por el Índice de Precios de Consumo (IPC). La propuesta se aprobó con los votos a favor de PSOE, CHA, IU Y PP y la abstención de PAR.

Entre las tasas que no son objeto de modificación con respecto al 2014 están las siguientes ordenanzas fiscales: Impuesto sobre Bienes e Inmuebles (IBI), Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), la tasa por prestación del servicio de recogida de basuras y residuos sólidos, la tasa por prestación de servicios en el cementerio municipal; contribuciones especiales, tasa por distribución de agua, uso de piscinas municipales, mantenimiento de caminos, venta ambulante, ocupación temporal con mesas y sillas (terrazas), ocupación de terrenos de uso público, la prestación de ayuda a domicilio, los servicios de Escuela Infantil, comedor colectivo, ludotecas y la Escuela de Música municipales, así como las tasa por uso de instalaciones deportivas municipales, la de celebración de bodas civiles o la visitas turísticas guiadas, entre otras.

La actualización de tarifas, con un incremento del 0,2 por ciento, si se practicará en: las tasas por servicio de alcantarillado, los vados autorizados, la ocupación del subsuelo de terrenos de uso público local con tuberías, el Impuesto de Vehículos de tracción mecánica –que pasará, en su coeficiente de incremento, de 1.49 a 1,50 euros-; o la prestación de servicios culturales, sociales y deportivos.

Además, se ha aprovechado para modificar otras ordenanzas, como la introducción de bonificaciones en el caso de poseer vehículos híbridos y eléctricos. En el caso de utilización de edificios municipales y de atracciones de feria, se ha incluido la posibilidad de suscribir convenios de utilización con el Ayuntamiento. Otro cambio se produce en la tasa de prestación de servicios urbanísticos, que hasta ahora había diferencias entre obra mayor o menor, se refunde en una única tarifa de obras. Finalmente, en el impuesto de incrementos de valor de terrenos de naturaleza urbana se incluye una exención para las transmisiones realizadas por personas físicas con ocasión de la dación en pago de la vivienda habitual del deudor hipotecario o del avalista.